La reciente decisión de la Corte Suprema de Estados Unidos de frenar el uso de poderes de emergencia para imponer aranceles generó, en un primer momento, la sensación de que habría un alivio para los países exportadores. Sin embargo, la historia dio un giro cuando el presidente Donald Trump activó de inmediato otra herramienta legal para mantener un recargo comercial. Para Colombia, cuyo mercado depende vitalmente de la economía norteamericana, esta maniobra política significa que miles de empleos y sectores clave siguen frente a un nivel crítico de incertidumbre.
El choque institucional y la respuesta de Washington
La política comercial de la Casa Blanca acaba de sufrir un terremoto legal. La decisión de la Corte Suprema de Estados Unidos sí pone un límite al uso de leyes de emergencia para imponer aranceles sin control del Congreso. El alto tribunal sentenció que el Ejecutivo se había excedido al utilizar la Ley de Poderes de Emergencia Económica Internacional (IEEPA), lo que reduce la posibilidad de cambios abruptos bajo ese mecanismo específico.
Pero para Colombia la historia no terminó ahí. Lejos de retroceder frente al tribunal, el presidente Donald Trump respondió utilizando otra herramienta legal que sí le permite aplicar un recargo temporal a las importaciones y mantuvo un arancel adicional de 10%. Se trata de la Sección 122 de la Ley de Comercio de 1974, la cual lo faculta para imponer restricciones durante un periodo inicial de 150 días. Además, el sábado anunció que ese porcentaje subiría a 15%, lo que incrementaría la presión sobre el comercio internacional.
Ganadores y perdedores en la canasta exportadora
Para entender el impacto, hay que partir de un dato clave: Estados Unidos es el principal destino de las exportaciones colombianas. Cuando Estados Unidos sube aranceles, los productos colombianos pueden volverse más caros para los compradores estadounidenses, lo que afecta ventas, márgenes de ganancia y contratos comerciales. Miles de empleos en sectores como café, flores, petróleo, minería, agroindustria e industria dependen de ese mercado.
El recargo inicial fue de 10% adicional sobre la mayoría de los productos importados. Si se concreta el anuncio presidencial, ese recargo pasaría a 15%. Esto significa que un producto que antes entraba sin ese impuesto ahora tendría que pagar un porcentaje extra al llegar a la aduana estadounidense. Ese costo puede asumirlo el importador, el exportador o trasladarse al consumidor final.
De acuerdo con datos recientes de la Cámara Colombo Americana (AmCham Colombia), cerca del 67,8 % de la oferta local podría salvarse, pero el golpe a la industria restante sería severo. En términos generales, el análisis de AmCham muestra que una parte importante de la canasta exportadora colombiana podría estar exenta o potencialmente exenta, pero cerca de una tercera parte sí enfrentaría el recargo.
- En primer lugar, existe un conjunto de productos que no aparecen en la lista de exclusión y que, por lo tanto, sí tendrían que asumir el recargo completo.
- Allí se encuentran bienes sensibles como las flores, el aceite de palma y varios productos industriales.
- Si el arancel sube cinco puntos porcentuales, ese grupo sería el más afectado de inmediato.
Incertidumbre y una nueva presión comercial global
Es importante aclarar que el arancel no está dirigido únicamente contra Colombia. Se trata de una medida de alcance general que afecta a múltiples países. Eso significa que los competidores internacionales también enfrentarían el mismo porcentaje adicional. Sin embargo, aunque el impacto competitivo pueda ser similar, el comercio en su conjunto se encarece y se vuelve más incierto.
El hecho de que el Gobierno estadounidense haya activado otra herramienta legal demuestra que la política comercial seguirá siendo un instrumento central de presión económica. Las relaciones comerciales entran así en una fase de vigilancia constante, donde los empresarios deberán prepararse para un entorno altamente regulado.
Sobre los Aranceles de Trump
¿Por qué la Corte Suprema anuló los primeros aranceles de Trump?
El tribunal determinó que el presidente excedió sus facultades constitucionales al usar una ley de emergencia (IEEPA) para imponer tarifas de forma global. Los jueces señalaron que la imposición de impuestos comerciales es competencia exclusiva del Congreso y no del Gobierno Ejecutivo.
¿Cómo logró el Gobierno estadounidense mantener el recargo a las importaciones?
Inmediatamente después del fallo judicial, Donald Trump invocó la Sección 122 de la Ley de Comercio de 1974. Esta norma le otorga facultades de excepción para establecer gravámenes temporales por hasta 150 días, justificándose en desequilibrios de la balanza de pagos.
¿Qué productos colombianos pagarán el nuevo arancel del 15 %?
Cerca de una tercera parte de la canasta exportadora enfrentará el recargo al no aparecer en las listas de exclusión. Entre los más castigados se encuentran las flores, el aceite de palma y productos industriales vitales para el mercado laboral.
¿El café y el petróleo tendrán que pagar el nuevo impuesto?
Según informes sectoriales recientes, el café, el petróleo crudo y el oro hacen parte de un grupo de materias primas con altas probabilidades de quedar exentas del recargo, mitigando en parte el choque macroeconómico para el país.
La anulación de los aranceles de emergencia por parte de la Corte Suprema estadounidense fue un triunfo efímero. La rápida imposición de un nuevo tributo aduanero temporal, con proyecciones de subir hasta un 15 %, confirma que la Casa Blanca mantendrá intacta su filosofía proteccionista. Para Colombia, cuyo principal motor exterior es el mercado estadounidense, esto representa un desafío logístico e impositivo de primera línea para proteger la rentabilidad de productos insignia como las flores. Te invitamos a seguir conectado a la sección de economía de Enredijo para conocer el minuto a minuto de esta guerra comercial y las estrategias de los exportadores nacionales.








