jueves, octubre 29, 2026

Tribunal ordena al INVÍAS intervenir puntos críticos de la Avenida Pastrana

El Tribunal Administrativo del Huila amparó provisionalmente al Municipio de Pitalito y fijó plazos perentorios al INVÍAS para señalizar y asegurar zonas de alto riesgo de accidentalidad en la Troncal del Magdalena. Sin embargo, los magistrados aplazaron la orden de reparar de inmediato la capa asfáltica hasta obtener un peritaje técnico y detallado sobre los baches que representan peligro inminente.

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En una decisión judicial fundamental para la seguridad vial de Pitalito, la Sala Sexta de Decisión del Tribunal Administrativo del Huila falló a favor, de manera parcial, de las medidas cautelares solicitadas por la Alcaldía de Pitalito en su acción popular contra el Instituto Nacional de Vías (INVÍAS).

Con ponencia del magistrado José Miller Lugo Barrero, la providencia emitida el 22 de octubre de 2026 obliga a la entidad nacional a ejecutar planes de contingencia urgentes en menos de diez días hábiles para mitigar los peligros que acechan a conductores y peatones a lo largo de la Avenida Pastrana -Ruta Nacional 4503-.

El ultimátum para la señalización y seguridad

El INVÍAS deberá realizar la instalación de advertencias temporales adecuadas en los sitios peligrosos. Foto: Pitalito Noticias

El estrado judicial reconoció los graves hallazgos de exposición al riesgo en el corredor vial, destacando situaciones que han sido catalogadas como “intolerables”. Para frenar esta amenaza, el Tribunal otorgó al INVÍAS un plazo estricto de cinco días hábiles para realizar una inspección técnica actualizada. Dicha inspección debe focalizarse en el tramo comprendido entre el PR131+0680 y el PR133+0300, la transición vial frente a la Cámara de Comercio y el entorno del puente sobre el río Guarapas.

En ese mismo lapso de cinco días, el INVÍAS está obligado a asegurar la instalación de advertencias temporales adecuadas en los peligros constatados. Adicionalmente, el fallo concede un plazo máximo de diez días hábiles para completar toda la señalización, delimitación y canalización que haga falta para proteger el flujo vehicular y peatonal, exigiendo alternativas preventivas eficaces si el estado del asfalto no permite pintura u demarcación horizontal.

Reparación del pavimento

 A pesar de los reclamos del Municipio de Pitalito frente a las grietas, fisuras y hundimientos, la justicia negó por el momento la orden de ejecutar intervenciones inmediatas y generales sobre el pavimento. El magistrado argumentó que, si bien los diagnósticos certifican un deterioro progresivo, falta individualizar y probar cuáles son las fallas puntuales que revisten un riesgo extremo y que no admiten espera. La inspección ordenada servirá precisamente como insumo probatorio para que el Despacho valore, de manera inmediata, si procede ordenar el parcheo urgente de la capa asfáltica.

Lupa judicial

 Para garantizar que este mandato se cumpla a cabalidad, el INVÍAS, a través de su Dirección Territorial Huila, tendrá que rendir cuentas bajo lupa judicial. La providencia ordena la entrega de dos informes técnicos, a los cinco y a los diez días. Estos documentos no podrán ser meros cruces de correos; deberán incluir fotografías fechadas, ubicación exacta y demostrar el contraste individual para subsanar los cinco hallazgos críticos detectados previamente. El Tribunal advirtió que evaluará rigurosamente estos reportes para determinar si es necesario endurecer las medidas cautelares contra la entidad vial.

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