El Juzgado 24 de Familia ordenó preservar las piezas desmontadas recientemente y exigió un inventario detallado en 24 horas. La decisión ampara provisionalmente la libertad artística y los derechos a la memoria colectiva tras la polémica orden ejecutiva que derivó en la intervención de la exhibición.

Un juez de Bogotá le ordenó al Museo Nacional de Colombia suspender cualquier nuevo desmonte de obras en sus salas y garantizar la conservación inmediata de las piezas que ya fueron retiradas de sus exposiciones. Esta decisión cautelar se produce tras admitirse una acción de tutela que busca proteger los derechos a la memoria histórica y la libertad artística, vulnerados presuntamente tras la instrucción del presidente Abelardo de la Espriella de eliminar del recinto cualquier elemento que él calificara como “oda al terrorismo”.
Freno judicial a la intervención
El Juzgado 24 de Familia de Bogotá, bajo la dirección del juez César Enrique Osorio Ortiz, emitió una providencia que impone medidas preventivas y de estricto cumplimiento para el espacio cultural. El despacho judicial dictaminó que, de manera provisional, el museo debe mantener bajo su custodia los elementos retirados y garantizar sus condiciones óptimas de conservación.
Para asegurar la transparencia de este proceso, la justicia le otorgó a la institución un plazo máximo de 24 horas para presentar un informe detallado sobre el estado de las piezas afectadas, que incluyen elementos del jardín conmemorativo de Miguel Ángel Díaz. Este inventario deberá especificar la ubicación actual de cada obra, sus condiciones físicas y, de manera crucial, identificar con precisión qué autoridad o dependencia dispuso su retiro. Las medidas incluyen la prohibición absoluta de destruir, alterar, dar de baja o trasladar estos bienes a terceros fuera de las instalaciones del museo.
Además, el fallo exige preservar de forma intacta los inventarios, guiones museográficos, registros de movimiento, actas y correos electrónicos asociados a las decisiones de retiro, con el fin de evitar que el expediente sufra modificaciones antes de la resolución definitiva.
Derechos en juego
La acción constitucional que motivó esta medida de urgencia argumenta que las intervenciones recientes en el museo atentan directamente contra la memoria histórica, el derecho a la verdad, la reparación simbólica y la libertad de expresión artística.
En su providencia, el juez Osorio Ortiz destacó que las obras ligadas a los procesos de memoria colectiva y reparación no son meras manifestaciones culturales, sino herramientas fundamentales para dignificar a las víctimas y garantizar las narrativas de no repetición en el país. El juzgado advirtió que no adoptar estas medidas de protección inmediatas podría incrementar el daño y poner en riesgo la preservación del patrimonio mientras se estudia a fondo el caso.
El origen de la polémica
La crisis institucional estalló en los últimos días cuando el presidente Abelardo de la Espriella ordenó al Ministerio de las Culturas erradicar de los espacios públicos cualquier manifestación que representara una “oda al terrorismo”.
Como resultado directo de esta directriz gubernamental, la administración del museo desmontó cerca de 30 elementos de sus exhibiciones. Entre las obras censuradas se encontraban piezas que abordaban temáticas estructurales relacionadas con el conflicto armado colombiano, las luchas del feminismo y las reivindicaciones de las comunidades LGBTQ+. Este retiro abrupto generó movilizaciones ciudadanas a las afueras del museo durante el fin de semana y encendió las alarmas de diversas organizaciones del sector.
Voces de rechazo
La movilización legal contra esta presunta censura institucional fue impulsada por distintos frentes sociales. La tutela fue radicada por Gabriel Becerra Yáñez, secretario general de la Unión Patriótica; Jorge Virviescas, representante del colectivo León Zuleta; y Kevyn Muñoz Torres, integrante del colectivo Revolución en Rosa.
A este reclamo legal se sumó el contundente rechazo del Consejo Internacional de Museos de Colombia (ICOM) y de los museos de arte moderno del país, quienes cuestionaron duramente los criterios utilizados para alterar las exposiciones y el evidente impacto sobre los derechos de las víctimas.
Lo que sigue para el Ministerio
El fallo exige respuestas claras y documentadas. El Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, en conjunto con el Museo Nacional, tienen ahora un día hábil para explicar si existieron actos administrativos formales que respaldaran el retiro de las piezas y qué grado de autonomía mantiene el Ministerio frente a las decisiones curatoriales del museo.
El juzgado también vinculó al propio presidente De la Espriella, quien podrá pronunciarse dentro del plazo señalado, así como a entidades locales que tendrán un día hábil para aportar pruebas: la Dirección de Diversidad Sexual de la Secretaría de Planeación —que debe publicar el fallo en su web—, la Secretaría Distrital de la Mujer, la Secretaría de Integración Social, la Fundación Sí Mujer y el Partido Comunista Colombiano.
La justicia ha puesto un límite temporal a lo que amplios sectores ciudadanos denuncian como un acto de censura, garantizando la preservación física de las obras y de la trazabilidad documental de las órdenes. La decisión de fondo marcará un precedente vital para el periodismo cultural, la autonomía de las instituciones museísticas y el respeto por la multiplicidad de relatos frente al poder ejecutivo. Te invitamos a mantenerte al tanto del desarrollo de esta noticia y del mejor cubrimiento de nuestra región en el portal de ENREDIJO.
La información de este artículo fue recopilada por nuestro equipo periodístico. La corrección se realizó con asistencia de inteligencia artificial.










